Para tu empresa
Llevar las remuneraciones
Pro DTE calcula cada mes la liquidación de sueldo de tus trabajadores con los indicadores vigentes, arma el archivo para Previred y el Libro de Remuneraciones Electrónico, y deja la centralización lista para tu contabilidad.
Dónde se llevan
Las remuneraciones se llevan en Remuneraciones, en las empresas que tienen su contabilidad activa en Pro DTE: la centralización de cada mes va a sus libros y el impuesto único, a su F29. Las calculan y cierran el administrador y el contador de la cuenta, desde las remuneraciones de octubre de 2026.
Se cobran 0,04 UF + IVA al mes por cada trabajador con liquidación, con un mínimo de 0,30 UF + IVA por empresa y 0,03 UF desde el trabajador 51; en las empresas de clientes que paga un Plan Contador, 0,015 UF + IVA por trabajador, sin mínimo. Las paga la cuenta que paga la contabilidad de la empresa, con el pago del mes siguiente (ver Precios).
Datos de empleador
En la pestaña Empleador completas lo que piden las cotizaciones y los archivos:
- Seguro de accidentes del trabajo: el ISL o tu mutual (ACHS, Mutual de Seguridad o IST) y la tasa adicional que te informa. La básica de 0,93% la suma Pro DTE.
- Sucursal para el pago a la mutual: el código que configuraste en Previred.
- Caja de compensación: con caja, el 7% de salud de quien está en Fonasa se reparte entre la caja (4,2%) y Fonasa (2,8%), y la asignación familiar se descuenta de lo que pagas a la caja; sin caja, del IPS.
- Región y comuna donde se prestan los servicios, con los códigos de la Dirección del Trabajo, para el Libro de Remuneraciones Electrónico.
Fichas de trabajadores
En Trabajadores, cada ficha lleva el RUT, los nombres y apellidos por separado, el sexo y la nacionalidad, como los pide Previred; el cargo; las fechas de ingreso y de término con su causal; el contrato (indefinido, plazo fijo o por obra), la jornada semanal y el sueldo base; si recibe gratificación mensual; la AFP; Fonasa o la isapre con su plan en UF; el tramo y las cargas de la asignación familiar; y la colación y la movilización del mes. Un cambio se aplica a los meses abiertos; los cerrados no cambian.
El mes de sueldos
- Calcular el mes liquida a cada trabajador con contrato en el mes, con la UF del último día del mes y la UTM del mes, que Pro DTE lee del SII. Quien entra o sale en el mes cuenta los días de su contrato.
- En cada trabajador escribes lo que pasó en el mes: las licencias médicas, los accidentes del trabajo, los permisos sin goce de sueldo y las inasistencias, con sus fechas reales aunque empiecen o terminen en otro mes; las horas extraordinarias, los bonos y comisiones, otros haberes no imponibles con su tipo (viático, pérdida de caja, desgaste de herramienta, sala cuna, teletrabajo), el anticipo y los descuentos que el trabajador autorizó. Los días trabajados salen del contrato y de esas ausencias; si tu ciclo de remuneraciones es otro, los escribes. La liquidación se recalcula al guardar.
- Las advertencias avisan lo que conviene revisar antes de cerrar: un sueldo bajo el ingreso mínimo de su jornada, descuentos sobre el 15% de la remuneración o días que pasan de los del contrato.
- Lo que se paga por los trabajadores resume, por institución, lo que va en la planilla de Previred: AFP, Fonasa o isapre, caja, seguro de cesantía, Seguro Social, mutual o ISL, menos la asignación familiar.
| Concepto | Cómo se calcula |
|---|---|
| Días trabajados | Como los cuenta la Dirección del Trabajo: el mes completo vale 30, aunque tenga 28 o 31 días; quien entra o sale en el mes cuenta sus días calendario; con licencia, los días del mes menos los de licencia; y al final se restan los permisos sin goce y las inasistencias. |
| Sueldo | El sueldo base por los días trabajados, en un mes de 30 días. |
| Horas extraordinarias | La hora ordinaria (el sueldo de 30 días por 28, dividido por las horas de 4 semanas) con 50% de recargo. |
| Gratificación | La del art. 50: el 25% de lo imponible del mes, con tope de 4,75 ingresos mínimos al año. |
| AFP y salud | Sobre lo imponible, hasta el tope de 90 UF: la tasa de la AFP y el 7% de Fonasa, o el plan de la isapre en UF si es mayor. |
| Seguro de cesantía | Hasta el tope de 135,2 UF: 0,6% del trabajador con contrato indefinido, y lo del empleador según el contrato; con 11 años en la empresa solo paga el empleador. |
| Impuesto único | Con la tabla del art. 43 de la Ley de la Renta en UTM, sobre lo tributable: lo imponible menos las cotizaciones, con la salud rebajable hasta el 7% del tope. |
| Asignación familiar | Por tramo y cargas, completa con 25 días trabajados o más y por día con menos. |
| Colación y movilización | Las de la ficha, por los días trabajados. |
| Licencia médica | Sus días no se pagan: el subsidio lo pagan Fonasa, la isapre o la mutual. El empleador paga la expectativa de vida sobre la renta del mes anterior a la licencia por sus días, y su parte del seguro de cesantía por el mes completo. |
| Aportes del empleador | Seguro de invalidez y sobrevivencia, rentabilidad protegida, expectativa de vida y cuenta individual de la reforma de pensiones, seguro de cesantía y seguro de accidentes con la tasa de tu mutual. |
Cerrar el mes
Cerrar el mes deja las liquidaciones como definitivas y arma en borrador la centralización: el gasto en remuneraciones y leyes sociales contra las remuneraciones, las cotizaciones y el impuesto único por pagar. La contabilizas en Contabilidad, pestaña Asientos, o desde el escritorio. El impuesto único de las liquidaciones cerradas entra al borrador del F29 del mes, en el código 48.
Las liquidaciones se descargan en PDF, una por hoja y con el líquido en palabras, para imprimirlas y firmarlas, y la planilla del mes en Excel. Para corregir un mes cerrado, el administrador lo reabre; si su centralización ya está contabilizada, primero se reversa.
El archivo para Previred
Con el mes cerrado, Archivo para Previred descarga el archivo con el formato estándar de largo variable por separador de 105 campos (versión de septiembre de 2026): una línea por trabajador con sus cotizaciones, los aportes del empleador y los movimientos de personal del mes. La licencia médica va con la renta del mes anterior a la licencia (RIMA) y quien paga el subsidio; si no hay licencia, la contratación o el retiro, o el permiso sin goce o la inasistencia. En Previred lo cargas en el pago de cotizaciones, eligiendo ese formato. Si a una ficha le falta un dato que Previred exige, como el sexo o el apellido paterno, Pro DTE te dice cuál antes de armarlo.
Previred no tiene una API para cargar el archivo: lo carga y lo paga el empleador en su sitio, hasta el día 10 del mes siguiente (13 si paga en línea). El archivo lleva un movimiento de personal por trabajador: si uno tiene dos en el mes, como una licencia y su contratación, Pro DTE te dice cuál agregar en Previred después de cargarlo.
El Libro de Remuneraciones Electrónico
Libro de Remuneraciones (DT) descarga el archivo para la carga masiva en Mi DT, con las columnas de la plantilla de la Dirección del Trabajo y el nombre que pide (el RUT del empleador y el mes). Lo carga el empleador con su Clave Única hasta el día 15 del mes siguiente. Los aportes del empleador de la reforma de pensiones van junto al seguro de invalidez y sobrevivencia mientras la Dirección del Trabajo no publique sus conceptos.
Lo que todavía no hace
Semana corrida, pensionados y mayores de 65 que no cotizan, ahorro previsional voluntario, trabajadores del IPS, trabajos pesados y trabajadores de casa particular. Tampoco el finiquito, las vacaciones, la DJ 1887 ni los certificados de remuneraciones, ni el monto del subsidio de una licencia, que calculan Fonasa, la isapre o la mutual. Esos casos se completan en Previred y en Mi DT.
Quién puede verlas
Los sueldos son datos personales: los ven y los cambian solo el administrador y el contador de la cuenta, con su usuario; una clave de API no los lee. Cada lectura y cada cambio queda registrado con quién lo hizo.